Nos encontramos en la recta final del año 2018, donde podemos ahorrar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas si planificamos con tiempo realizar diferentes actuaciones encaminadas a reducir los impuestos a pagar.
La DOCUMENTACIÓN necesaria para realizar cualquier declaración establecida en la Campaña de Renta 2018 serán los certificados de rendimientos de trabajo, información fiscal bancaria, etc.
En este artículo les indicamos la documentación necesaria para la declaración del IRPF 2019 que este año será digital a través de nuestro portal debido a COVID-19.
Entre el 7 de abril y el 30 de junio de 2021 se presentará la declaración por vía electrónica, salvo si se efectúa domiciliación bancaria, en cuyo caso el plazo finaliza el 25 de junio de 2021. Les indicamos la documentación necesaria que les requerimos de nuevo a través de Ibergrup Portal.
Se establece el plazo y los obligados tributarios para presentar la Declaración (MOD 714) del ejercicio 2020 para todos aquellos contribuyentes residentes en España.
se inicia el plazo y los obligados tributarios para presentar el IRPF del Régimen Especial aplicable a los trabajadores desplazados a territorio español (IMPATRIADOS MOD 150 o 151) del ejercicio 2020 ante contrato de trabajo laboral que han adquirido su residencia fiscal en España, establecido en el art. 93 de la Ley de IRPF.
Dos requisitos han de darse para los nuevos modelos tributarios 234, 235 y 236 en vigor desde 14 de abril de 2021: operaciones transfronterizas y señas distintivas de planificación fiscal agresiva (ahorro fiscal).
Les resumimos esta Consulta Vinculante por donde se reconoce y mantiene la deducción por inversión en vivienda habitual a un ex cónyuge con determinados requisitos.
El artículo décimo del RD-Ley 7/2021 incorpora a nuestro ordenamiento interno la Directiva (UE) 2017/2455 del Consejo, de 5 de diciembre de 2017 y la Directiva (UE) 2019/1995 del Consejo de 21 de noviembre de 2019 con lo que se concluye la regulación del tratamiento del IVA del comercio electrónico.
Esta Ley en vigor desde el 11 de julio de 2021, contiene modificaciones importantes en diversas normas, principalmente en materia tributaria, con una finalidad doble, y que a continuación les destacamos.
Hacienda pone fin a las sociedades inactivas prohibiendo a sus propietarios que hagan cualquier trámite a través de ellas, salvo que decidan volver a darse de alta y retomar la actividad.
Te recomendamos 16 operaciones a tener en cuenta a final de año para mejorar tu declaración de la Renta (IRPF estatal) que se presentará el próximo año.
Publicada la nueva Orden reguladora de esta declaración para el 2022 que deroga la anterior y armoniza los nuevos requerimientos exigibles por la normativa de la Unión Europea.
La Dirección General de Tributos mediante la Consulta Vinculante V3074-21 de 7/12/2021 estima que si un contribuyente ha transmitido una vivienda el 26 de octubre de 2021, misma fecha de la Sentencia del Tribunal Constitucional 182/2021 que declara la inconstitucionalidad y nulidad de los artículos 107.1, segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 del TRLRHL que regula la Plusvalía Municipal, este contribuyente tiene la obligación de declarar tal operación pero no deberá pagar el citado impuesto municipal.
La Ley de Presupuestos Generales para 2022 establece una nueva prórroga de los límites excluyentes de módulos, la minoración en IRPF del límite general por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social, tributación mínima en el Impuesto sobre Sociedades, reducción de la bonificación para las entidades dedicadas al alquiler de vivienda, nuevo epígrafe en el IAE, actualización de tasas o establecimiento de beneficios fiscales a las actividades de interés general y grandes eventos.