Despido de un trabajador extranjero sin permiso de trabajo
Despido de un trabajador extranjero sin permiso de trabajo
Recientemente el Tribunal Supremo ha determinado las consecuencias del despido de un trabajador extranjero que carece de la correspondiente autorización de trabajo.
La Tesorería General de la Seguridad Social inició un expediente de baja de oficio en el RGSS y la Empresa le comunicó la extinción del contrato de trabajo considerando que la circunstancia sobrevenida, a la que es ajena el empresario, autoriza para extinguir el contrato por haberse transformado en una prestación de servicios ilegal que contraviene tanto la norma sobre extranjería, como la reguladora del régimen sancionador.
El Juzgado de lo Social condenó a la empresa a abonarle la indemnización por despido improcedente, así como los salarios de tramitación devengados hasta la fecha de la sentencia. El Tribunal Superior de Justicia revoca el fallo y el Tribunal Supremo en unificación de doctrina establece que la carencia de la autorización de residencia y trabajo, no invalida el contrato de trabajo respecto a los derechos del trabajador extranjero, ni es obstáculo para la obtención de las prestaciones que pudieran corresponderle, siempre que sean compatibles en su situación. Por tanto, si bien el contrato de trabajo del extranjero, sin la preceptiva autorización, está afectado de la sanción de nulidad, tiene validez respecto a sus derechos.
Se anula la sentencia del Tribunal Superior de Justicia, confirmando la del juzgado de lo social que condenaba a la empresa a indemnizarle por despido improcedente.
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