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El IVA de las compras online cambia a partir de Enero del 2015 en toda la Unión Europea

25
Feb, 2015

 La UE lanza MOSS como registro de empresarios global para sus ventas online tras el cambio de criterio de IVA por la modificación de la Directiva que lo regula.

El 1 de Enero de 2015 entra en vigor la Directiva UE 2008/8/CE, que modifica la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, cuyo reflejo también está en vigor en los distintos países de la Unión.Hasta ahora, el criterio general para el pago del IVA en la prestación de bienes y servicios a particulares de otro estado miembro de la UE era considerar como lugar de prestación de servicios el lugar donde la empresa prestadora tuviese domiciliada su sede fiscal y, por tanto, el particular pagaba el IVA del país correspondiente. Se aplicaba, por tanto, el conocido como gravamen en país de origen.Con la nueva directiva, el lugar de imposición para la empresa prestadora de servicios será aquel donde se realice el consumo del bien, es decir, el país donde resida el cliente (gravamen en país de destino). Es decir, se pagará el IVA correspondiente a aquel país en donde el cliente reciba la mercancía o consuma el servicio.Por ejemplo, si una empresa francesa acepta un pedido de un particular español, tendrá que hacer frente al IVA vigente en España, concepto que tendrá que reflejar convenientemente en la factura emitida a su cliente y tendrá, por tanto, obligaciones con la Agencia Tributaria Española. Del mismo modo, una empresa española que venda mercancía en Francia no tendrá que pagar el IVA español por aquellos productos vendidos en Francia, teniendo en este caso que hacer frente a sus obligaciones con la Hacienda francesa.Con el objetivo de evitar los problemas derivados de la aplicación de esta directiva, las agencias tributarias de los diferentes países han creado un nuevo régimen de tributación especial, denominado Mini Ventanilla Única (MOSS, “Mini One-Stop Shop”), que permitirá a los empresarios registrarse una única vez en el país donde tengan su sede fiscal, evitando de esta manera tener que registrarse en todas los estados miembros donde los clientes realicen sus compras.En resumen, el nuevo régimen fiscal de las compras online supondrá un cambio en la burocracia administrativa de muchas pymes tecnológicas.

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