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Huelga 29 de Septiembre

24
Sep, 2010

El próximo día 29 de septiembre esta convocada huelga en el territorio nacional. A continuación detallamos los principales puntos a tener en cuenta:

 

 
  1. El trabajador que permanece en huelga no tiene derecho a salario y se suspende la obligación de cotizar.
  2. La Empresa descontará a los trabajadores la parte del salario base y de los complementos salariales que corresponda al periodo de la huelga.
  3. El trabajador no puede acceder a las prestaciones por desempleo, ni a la prestación económica por incapacidad temporal (si se encontrara en esa situación antes de la huelga, continuará en esa situación), pero si a la prestación por asistencia sanitaria.
  4. Durante la situación de huelga se interrumpe el periodo de prueba de los contratos.
  5. Los despidos producidos durante esta situación deben considerarse nulos.

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