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Nuevo modelo 145 para comunicar datos al pagador de rentas de trabajo

07
Feb, 2012

El pasado 23 de enero, se aprobó una resolución del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria por la cual se procedía a modificar el modelo 145 por el cual los trabajadores comunican a la empresa (pagador) los datos necesarios para que esta pueda calcular las retenciones pertinentes.

Con estos datos se realizará el cálculo de las retenciones o ingresos a cuenta a aplicar en las nóminas y son los que nos solicitará el programa que la AEAT pone a disposición de los contribuyentes para realizar dicho cálculo.

Para determinar el porcentaje de retención o ingreso a cuenta de IRPF se podrán tener en cuenta las circunstancias personales y familiares y, en su caso, las rentas del cónyuge y las reducciones y deducciones, así como las retribuciones variables previsibles.

Para el cálculo de las retribuciones variables previsibles se utilizarán, como mínimo, las obtenidas en el año anterior, salvo que haya elementos que permitan acreditar de manera objetiva un importe inferior.

Los cambios que el Gobierno ha introducido, recuperando la deducción por compra de vivienda habitual para todos los casos, hacen necesaria la modificación del modelo anterior, que tomaba en consideración el nivel de ingresos a la hora de poder aplicar o no esa deducción.

Por lo que se suprime la distinción entre los dos regímenes, general y transitorio, a efectos de aplicación de la reducción en dos enteros del tipo de retención contemplada en el art.86.1 del Reglamento del IRPF. Ya no distingue entre antes del 01-01-2011 (33.007,20 €) y a partir del 01-01-2011 (22.000 € anuales).

Sólo queda Una única casilla para el contribuyente que esté efectuando pagos por préstamos destinados a la adquisición o rehabilitación de su vivienda habitual por los que vaya a tener derecho a deducción por inversión en vivienda habitual y la cuantía total de sus retribuciones íntegras en concepto de rendimientos del trabajo, procedente de todos sus pagadores es inferior a 33.007,20 € anuales.

 

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