Declarado ilegal por la Unión Europea el sistema español de prestaciones por desempleo de los trabajadores a tiempo parcial de tipo vertical
El TJUE declara ilegal el sistema de cálculo de la prestación por desempleo de los trabajadores a tiempo parcial que prestan servicios de forma irregular y no trabajan todos los días de la semana.
El alto Tribunal ha declarado ilegal este sistema sobre la base de que para determinar la duración de la prestación por desempleo, aunque cotizan todo el mes, se les computa exclusivamente como días cotizados para generar derecho a esta prestación los días en que han prestado servicios.
Considera que se discrimina a estos trabajadores a tiempo parcial en su acceso a la prestación por desempleo respecto de los trabajadores a tiempo parcial horizontal (con prestación de servicios todos los días de la semana) y, además, como este tipo de contratos lo tienen mayoritariamente mujeres, entre un 70% y un 80%, se las discrimina también a éstas.
Por ello, este Tribunal recomienda a España revisar la legislación aplicable relativa al cálculo de la prestación por desempleo de estos trabajadores, ya que éstos, tendrían que tener derecho a que se les computase todos los días cotizados en su conjunto y no solo los días efectivamente trabajados.
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