Skip to main content

Libros Contables + Cuentas Anuales

El pasado día 30 de Abril, finalizó el plazo legal para la presentación de los libros contables del ejercicio 2010 ante el Registro Mercantil. Próximamente, el 25 de Julio, se realizarán las presentaciones de los Impuestos sobre Sociedades ante la Agencia Tributaria, y el día 31 del mismo mes, finalizará el plazo para la presentación de las Cuentas Anuales ante el Registro. De esta forma, las obligaciones legales del ejercicio 2010 finalizarán.

Actualización de balances

Se establece la opción, para los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades, que operen en territorio español a través de un establecimiento permanente, de realizar una actualización de balances.

Esta actualización monetaria de valores contables conlleva una carga fiscal reducida, un gravamen único del 5 por ciento sobre el saldo acreedor de la cuenta «reserva de revalorización de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre». Estos hechos económicos deber contabilizarse cuando ocurran, por lo que el gravamen se reconocerá en el ejercicio 2013, cuando el órgano competente apruebe el balance de actualización. Dicho importe, se contabilizará con cargo a la cuenta donde esté reflejada la reserva originada por la actualización.

Tratamiento contable de los gastos financieros no deducibles

Para los períodos iniciados a partir del 1 de enero de 2012 las sociedades a las que les es aplicable la nueva normativa sólo pueden deducir sus gastos financieros netos del período hasta el límite del 30% de su beneficio operativo, con una deducción mínima de 1 millón de euros. Los excesos no deducidos pueden aprovecharse en los 18 períodos posteriores e, incluso, si los gastos netos no alcanzan dicho límite, la diferencia puede adicionarse al límite en los 5 períodos siguientes.

Publicado el Plan de Contabilidad de entidades sin fines lucrativos

En el mes de abril se publicó el Plan de Contabilidad de pequeñas y medianas entidades sin fines lucrativos. Con esta última publicación se intenta conectar el Plan General de Contabilidad con las normas internacionales de información financiera y de esta forma obtener una información financiera útil y fiel a su patrimonio.

El Plan de Contabilidad de las Entidades sin Fines Lucrativos, es de obligado cumplimiento para las fundaciones de competencia estatal y las asociaciones declaradas de utilidad pública, sin perjuicio de que otras entidades puedan quedar incluidas obligatoriamente dentro de su ámbito de aplicación si la norma así lo dispone.