¿Sabes que los becarios pueden estar bonificados?
Las Empresas que tengan becarios dados de alta en Seguridad Social podrán bonificarse las cuotas siempre y cuando cumplan determinados requisitos.
Este tema arranca desde noviembre del 2011 cuando se estableció que los trabajadores que participen en programas de formación financiados por entidades u organismos públicos o privados vinculados a estudios universitarios o de formación profesional que incluyan la realización de prácticas formativas y conlleven una contraprestación económica siempre que su realización no dé lugar a una relación laboral, estarán asimilados a trabajadores por cuenta ajena. Esta normativa fue modificada en junio de 2013 regulando de forma más detallada algunos aspectos.
La cotización de estas prácticas curriculares externas se lleva a cabo aplicando las reglas de cotización correspondientes a los contratos para la formación y el aprendizaje con la exclusión de que no existe la obligación de cotizar por desempleo, Fogasa ni por formación profesional.
Además se ha establecido una bonificación del 100% en la cotización a la Seguridad Social siempre y cuando el contenido y la duración de las prácticas curriculares estén establecidas en el contrato formativo y formen parte del plan de estudios cursado por el trabajador.
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