Partidas “siempre“ Pendientes de Aplicación
Últimamente la Agencia Tributaria está tomando distintas medidas para prevenir el fraude fiscal así como para controlar más de cerca los movimientos de las empresas. Son varios los aspectos observados dentro de la actividad de la empresa por parte de las Inspecciones de Hacienda, y es por ello, por lo que queremos mencionar el abusivo uso de la cuenta 555 del Plan General Contable.
Esta es una cuenta de gran utilidad práctica, ya que se recurre a ella para verificar entradas y salidas de efectivo. En reiteradas ocasiones aparece con saldo, cuando simplemente es una “cuenta puente” en la que las partidas deben figurar temporalmente y con brevedad antes de aplicarlas por su naturaleza una vez conocida. Es frecuente la aparición de ingresos u otras remesas cuya identificación no es fácil, pero debe esclarecerse y contabilizarse correctamente.
Por todo ello, es conveniente que trimestralmente como máximo, se proceda a revisar dichas partidas y de esta forma no hacer constar en futuros balances todas las dudas que se van acumulando en el tiempo en dicha cuenta.
Como consecuencia, la Agencia Tributaria estará en pleno derecho de proceder a tomar las determinaciones que estime, sancionando o haciendo tributar por el importe del saldo que arroje la cuenta.