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Novedades de la futura Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023

23
Nov, 2022

Exponemos en este artículo algunas importantes novedades además de las materias habituales que se regulan anualmente en la Ley, con la mención prudente de que habrá que estar a lo que finalmente se apruebe.

 

Las medidas a destacar son: 

  1. Cheque de 100 euros

Se amplía este para toda familia con hijos a cargo entre 0 y 3 años, hasta el momento sólo estaba vigente para madres trabajadoras (disp. adic. 34ª proyecto LPGE para 2023).

En relación con ello, se recoge el compromiso de tramitar "urgentemente" una Ley de Familias que recoja nuevos permisos de conciliación, Permiso para cuidadores, permiso para atender circunstancias familiares imprevistas o un nuevo permiso parental de ocho semanas.

  1. Ampliación del concepto de familia numerosa

Se considerarán familias numerosas aquellas familias monoparentales con dos o más hijos.

  1. Desempleo

Se eleva la cuantía de la prestación contributiva por desempleo del 50 al 60 % de la base reguladora a partir del día 181 (séptimo mes) del percibo de la prestación.

  1. Pensiones públicas

El art. 36 no se fija el porcentaje de incremento de revalorización de las pensiones de la Seguridad Social y Clases Pasivas, sino que se establece el procedimiento para su determinación. De este modo, las pensiones experimentarán un incremento porcentual igual al valor medio de las tasas de variación interanual expresadas en tanto por ciento del IPC de los 12 meses previos a diciembre de 2022. El Gobierno calcula que el incremento podría estar en un 8,5 % tanto las pensiones contributivas como las no contributivas.

  1. Ingreso Mínimo Vital

Al igual que las pensiones, se incrementará de acuerdo con el IPC. Además, la disposición final 27ª añade una nueva disposición transitoria 1ª a la Ley 19/2021, reguladora del Ingreso Mínimo Vital, en la que se regula la incompatibilidad de las pensiones asistenciales reguladas en la Ley 45/1960, de 21 de julio, con nuevos reconocimientos de la prestación económica del IMV.

  1. IPREM

Teniendo en cuenta que se toma como referencia para la concesión de ayudas, subvenciones o el subsidio de desempleo, en la disposición adicional 81ª se incrementa en un 3,62 % la cuantía del Indicador de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM), fijándolo en 20 euros diarios, 600 mensuales y 7.200 anuales (8.400 cuando se trate de normas en que la referencia al SMI fue sustituida por la del IPREM y se incluyan las pagas extras). (disp. adic. 81ª)

 

  1. Trabajo autónomo

Se establece un incremento de un 8,6% en las bases de cotización y las cuotas de los autónomos que eligieron una revalorización automática.

Respecto al cálculo de la base de cotización por ingresos reales, se ajustará la cuota a los rendimientos netos del autónomo.

  1. Funcionarios públicos

En relación a la retribución de los funcionarios, en el art. 19, en sus apartados 2 y 4, se fija el incremento de las retribuciones del personal al servicio del sector público. Se aplicará un incremento del 9,5% entre 2022 y 2024.

 

Les continuaremos informando de la evolución de estas medidas y los resultados finales una vez publicado en el BOE el texto definitivo. 




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