Las empresas podrán ir a la cárcel
La nueva reforma del Código Penal desde el 23 de Diciembre de 2010 ha instaurado la responsabilidad penal de las personas jurídicas por acciones u omisiones delictivas de sus administradores o representantes, constitutivas de determinados delitos designados en régimen de numerus clausus en el Código penal en sus nuevos artículos 31 bis y siguientes.
Las novedades reales son las siguientes: