Nuevas obligaciones fiscales para operadores de plataforma
Se aprueban el modelo 040 "Declaración censal de alta, modificación y baja en el registro de operadores de plataforma extranjeros no cualificados y en el registro de otros operadores de plataforma obligados a comunicar información" y el modelo 238 "Declaración informativa para la comunicación de información por parte de operadores de plataformas", y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación (BOE, 05-febrero-2024).
Se ha publicado la Orden HAC/72/2024, de 1 de febrero, por la que se aprueban el modelo 040 "Declaración censal de alta, modificación y baja en el registro de operadores de plataforma extranjeros no cualificados y en el registro de otros operadores de plataforma obligados a comunicar información" y el modelo 238 "Declaración informativa para la comunicación de información por parte de operadores de plataformas", y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación.
El modelo 040 deberá presentarse cuando se inicie la actividad como «operador de plataforma» en los términos definidos en la sección I del anexo del Real Decreto 117/2024, de 30 de enero “Plataforma: cualquier software, incluidos los sitios web o partes de ellos y las aplicaciones, entre ellas las aplicaciones móviles, que sea accesible para los usuarios y que permita a los vendedores ponerse en contacto con otros usuarios para llevar a cabo una «actividad pertinente», de forma directa o indirecta, para esos usuarios……. “; mientras el modelo 238, correspondiente al ejercicio 2023, deberá presentarse en el plazo de dos meses siguientes a la entrada en vigor de la presente orden.