Novedades Tributarias introducidas por el real decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público
Novedades Tributarias introducidas por el real decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público.
El nuevo Gobierno con las novedades fiscales establecidas por el Real Decreto-Ley 20/2011 comienza, por un lado, mayoritariamente con subida del IRPF, y por otro, con el restablecimiento pleno de la principal deducción del IRPF, es decir, “nos dan algo de cal y mucho de arena”.
Debido a la trascendencia tributaria del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaría, tributaría y financiera para la corrección del déficit público (BOE 31/12/2011), en vigor desde el 1/1/2012, les comentamos de manera esquematizada, en primer lugar, las principales novedades que afectan al IRPF, y que con carácter temporal en los ejercicios 2012 y 2013 representan una subida de impuestos:
1. Se establece un gravamen complementario, modificando los tipos de retención y la cuota íntegra estatal del IRPF, los cuales se ven incrementados de 0,75 % a 7 %, según el tipo de tributación de cada contribuyente por este impuesto.
2. Se modifica la retención de IRPF de las rentas procedentes del arrendamiento de bienes inmuebles, pasando del 19% al 21 %.
3. Se modifica la retención de IRPF de los rendimientos de capital mobiliario: cuentas bancarias, intereses de préstamos, dividendos de acciones o participaciones en sociedades cotizadas o no en mercados oficiales de valores, etc., pasando del 19 % al 21 %.
4. Se modifican las retenciones de IRPF efectuadas en las ganancias patrimoniales del ahorro (por ejemplo la venta de un inmueble, la venta de acciones, etc.), pasando del 19 %y 21 %, según los casos, a: ganancias hasta 6.021 € el 21%, ganancias entre 6.022 € a 24.000 € el 25 % y más de 24.000 € el 27 %.
5. Se modifican las retenciones de IRPF de los Administradores (Dietas asistencia a Juntas y Consejos de Administración) del 35% al 42 %.
Y en segundo lugar, el citado Real Decreto-Ley 20/2011, no se centra exclusivamente en subida de impuestos, sino que con efectos desde el 1/1/2011 modifica la redacción del apartado 1 del artículo 68 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas suprimiendo la limitación, establecida por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2011, para la aplicación de la deducción por adquisición de vivienda habitual a los contribuyentes cuya base imponible fuese inferior a 24.107,20€.
En consecuencia, y a los efectos de la declaración en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 2011, la deducción por inversión en vivienda habitual se podrá practicar por todos los contribuyentes, en las condiciones del artículo 68 citado, cualquiera que sea el importe de su base imponible.