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Principales novedades en el IRPF de la Ley de Presupuestos 2014

12
Ene, 2014

 

Novedades en el IRPF de la Ley de Presupuestos 2014

En el BOE de 26 de diciembre, se ha publicado la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014. En el ámbito tributario, la gran mayoría de las medidas que incorpora son las que habitualmente recoge esta norma, medidas que inciden en las principales figuras del sistema tributario, aunque a continuación nos centramos en las principales novedades en el IRPF:

1. Coeficientes de actualización del valor de adquisición:
Como viene siendo habitual en las Leyes de Presupuestos, esta actualiza los coeficientes aplicables al valor de adquisición, en un 1 por ciento (con respecto a los del año anterior). Por lo que respecta a los coeficientes aplicables a los bienes inmuebles afectos a actividades económicas señalar que se mantienen los mismos que en 2013.
2. Reducción del rendimiento neto de actividades económicas por mantenimiento o creación de empleo:
Se prorroga para el ejercicio 2014 la reducción del 20% del rendimiento neto de actividades económicas por creación o mantenimiento de empleo. Como se recordará se la pueden aplicar los contribuyentes que ejerzan actividades económicas cuyo importe neto de la cifra de negocios para el conjunto de ellas sea inferior a 5 millones de euros y tengan una plantilla media inferior a 25 empleados, y fue introducida para los años 2009 a 2011 por la Ley 26/2009, de 23 de diciembre y posteriormente prorrogada para 2012 y 2013.
3. Gravamen complementario a la cuota íntegra estatal:
Se prorroga para el ejercicio 2014 el gravamen complementario a la cuota íntegra estatal introducido por el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, para los ejercicios 2012 y 2013 y aplicable tanto a la base liquidable general como del ahorro. En consecuencia con ello, también se prorroga para el ejercicio 2014 el incremento de la escala para calcular el tipo general de retención de los perceptores de rendimientos del trabajo, el tipo de retención del 42% para los administradores y miembros del consejo de administración y los tipos de retención del 21% regulados en los artículos 92.8 y 101 de la LIRPF –premios que se entreguen como consecuencia de la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias, ganancias patrimoniales derivadas de las transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva, rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos...
4. Gastos e inversiones para habituar a los empleados en la utilización de las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información:
Al igual que en años anteriores los gastos e inversiones efectuados en el año 2014 para habituar a los empleados al uso de nuevas tecnologías de la comunicación y de la información –cuando su utilización solo pueda realizarse fuera del lugar y horario de trabajo-, van a continuar teniendo la consideración de gastos de formación en los términos previstos en el artículo 42.2 b) de la Ley.
5. Compensación fiscal por percepción en 2013 de determinados rendimientos de capital mobiliario con periodo de generación superior a dos años:
La LIRPF autoriza a la Ley de Presupuestos para que establezca una compensación fiscal en el IRPF para aquellos contribuyentes que obtengan rendimientos de capital mobiliario procedentes de activos financieros o seguros de vida o invalidez contratados antes de 20 de enero de 2006 con plazo de generación superior a dos años. En virtud de esta autorización, la Ley establece en su disposición transitoria cuarta una compensación fiscal, en el ejercicio 2013, para los que obtengan rendimientos de capital mobiliario procedentes de activos financieros o seguros de vida o invalidez contratados antes de 20 de enero de 2006 con período de generación superior a dos años.

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