Skip to main content

La Agencia tributaria da más facilidades de pago para deudas sin garantías

15
Ene, 2016

La Orden HAP/2178/2015, de octubre, eleva el límite exento de aportar garantías en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento a 30.000 € (anteriormente 18.000 €).

La Orden HAP/2178/2015, de 9 de octubre, eleva el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento a 30.000 euros. Mientras la Orden EHA/1030/2009, de 23 de abril, estableció el límite exento de la en 18.000 euros.

La presente orden tiene como objeto mantener la finalidad última de la exención prevista, que es otorgar facilidades al obligado al pago para el cumplimiento de sus obligaciones de derecho público ante dificultades económico financieras de carácter transitorio. En este sentido se considera necesario elevar el límite de la citada exención de la obligación de aportar garantías, hasta un importe que en conjunto no exceda de 30.000 euros y se encuentren tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo de pago, sin perjuicio del mantenimiento, en este último caso, de las trabas existentes sobre bienes y derechos del deudor en el momento de la presentación de la solicitud.

Esta Orden entrada el 21 de octubre de 2015.

ibergrup asesores

Artículos populares

Los trámites con el Instituto de la Vivienda de la Comunidad de Madrid (…
Es un préstamo a corto plazo mediante el cual el inversor inyecta capital en un…
La Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributa…