logo

  • Inicio
  • Asesoría
    • Asesoría Fiscal
    • Asesoría Contable
    • Asesoría Laboral
    • Asesoría Jurídica
  • Consultoría
  • Blog
    • Jurídicas
    • Fiscal
    • Laborales
    • Contables
    • Noticias Generales
    • Consultoria gestión
  • Sobre Nosotros
  • Clientes
  • Donde Estamos
  • Contacto
  • Portal

mini logo

  • Inicio
  • Blog
  • Noticias Generales
  • Las empresas podrán ir a la cárcel
  • ES
  • EN
  • PT
03 May2011

Las empresas podrán ir a la cárcel

La nueva reforma del Código Penal desde el 23 de Diciembre de 2010 ha instaurado la responsabilidad penal de las personas jurídicas por acciones u omisiones delictivas de sus administradores o representantes, constitutivas de determinados delitos designados en régimen de numerus clausus en el Código penal en sus nuevos artículos 31 bis y siguientes.

Las novedades reales son las siguientes:

-          Han de ser delitos cometidos “en provecho” de la sociedad, es decir, cuando el delito sea neutro para los intereses de la empresa no generará responsabilidad penal para aquélla e incluso tendrá el derecho de reclamar daños y perjuicios a la persona física, como ya venía teniendo, mediante e su personación en el procedimiento penal como acusación particular o actora civil.

-          La participación en el delito por parte de la persona física representante ha de ser de comisión por omisión, actuando “en nombre o por cuenta” de las sociedades. y la no evitación del delito por su parte ha de ser calificada como imprudente y no fortuita.

-          Las personas jurídicas, antes de ser condenadas a las antiguas “consecuencia accesorias” – hoy penas -, deberán ser declaradas culpables de haber cometido el correspondiente delito (sólo se les podrá imponer dichas penas si antes se les condena como sujetos activos de una infracción que así lo prevea).

-          Se han ampliado los supuestos en los que tal protagonismo delictivo es posible, aun cuando sigan siendo excepcionales en régimen de numerus clausus y son:

  1. Delitos relativos al mercado y a los consumidores: quebrantamiento de secretos, información o publicidad engañosas, distorsión directa de la libre competencia (tentativas de alteración de precios, utilizado información privilegiada o realizando operaciones de confusión del mercado de valores o instrumentos financieros), corrupción privada, etc.
  2. Blanqueo de capitales imprudente.
  3. Delitos contra las Haciendas Públicas y Seguridad Social.
  4. Contaminación imprudente del medio ambiente, emisión imprudente de radiaciones ionizantes y provocación de riesgos por explosivos u otros agentes peligrosos.
  5. Tráfico de influencias.

Quedan excluidos delitos como insolvencias punibles, los daños informáticos, los atentados dolosos contra la propiedad intelectual e industrial, bloqueo doloso de capitales o delitos urbanísticos y por supuesto, las empresas que no son “honradas”, es decir, los grupos terroristas, las organizaciones criminales, asociaciones ilícitas o las llamadas empresas “tapadera”.

-          La determinación de tales penas requerirá el sometimiento a los preceptos reguladores introducidos ad hoc en el Código Penal. Estas consideraciones son igualmente predicables de los entes colectivos sin personalidad jurídica, modulándolas a través del artículo 129 reformado.

Etiquetas: asesoria madrid, Juridico, responsabilidad penal

@J_Luis_Marquez Enhorabuena!! Qué gran reconocimiento a tanto esfuerzo y trabajo!! Bss

by Ibergrup Asesores

Ibergrup Asesores

 

Calle de Bravo Murillo, 377
Madrid
28020

E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Teléfono: (+34) 915 752 475

Fax: (+34) 915 752 906

Web: www.ibergrup.com

Puede ponerse en contacto con nosotros por teléfono, fax, correo electrónico o rellenando el siguiente formulario:
Los campos marcados con * son requeridos
Los campos marcados con * son requeridos

Tags

  • asesoria madrid
  • asesoria laboral madrid
  • asesoria fiscal
  • Fiscal
  • Asesoría Laboral

ibergrup logo

 

Ponte en Contacto:

 

Servicios:

  • Asesoría Fiscal
  • Asesoría Jurídica
  • Asesoría Laboral
  • Asesoría Contable
  • Aviso Legal
  • Politica de Privacidad
  • Politica de Cookies
  • Sitemap

© 2015 Ibergrup Asesores

  • Inicio
  • Asesoría
    • Asesoría Fiscal
    • Asesoría Contable
    • Asesoría Laboral
    • Asesoría Jurídica
  • Consultoría
  • Blog
    • Jurídicas
    • Fiscal
    • Laborales
    • Contables
    • Noticias Generales
    • Consultoria gestión
  • Sobre Nosotros
  • Clientes
  • Donde Estamos
  • Contacto
  • Portal