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03 May2022

NOVEDADES RENTA 2021

A continuación, les destacamos las principales novedades legislativas para la Campaña de la Renta 2021…

Las novedades normativas principales para este ejercicio 2021 son las siguientes: 

1. Ingreso Mínimo Vital: la prestación de la Seguridad Social del IMV que reguló el Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo ha sido declarada exenta, si bien todas las personas que lo reciban y las integrantes de la unidad de convivencia están obligados a presentar anualmente la declaración del IRPF. 

Esta exención no podrá superar, junto con el resto de las prestaciones y ayudas para personas que carezcan de recursos económicos de subsistencia o colectivos en riesgo de exclusión social, un importe máximo anual conjunto de 1,5 veces el Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM que para el 2021 se mantuvo en 7.908, 60 euros).

 2. Estarán exentos para el ejercicio 2021 los premios de determinadas loterías y apuestas cuyo importe íntegro sea igual o inferior 40.000 euros (antes 20.000 euros).

 3. Límites excluyentes del método de estimación objetiva: para el ejercicio 2021 se mantienen los mismos límites cuantitativos excluyentes del método de estimación objetiva fijados desde  2016 a 2020: tanto los relativos al volumen de rendimientos íntegros en el año inmediato anterior derivado del ejercicio de actividades económicas (250.000 euros para el conjunto de actividades económicas, excepto las agrícolas, ganaderas y forestales y 125.000 euros para las operaciones en las que exista obligación de expedir factura cuando el destinatario sea empresario) como al volumen de compras en bienes y servicios (250.000 euros, excluidas las adquisiciones de inmovilizado).

 4. Obligaciones contables y registrales para actividades económicas: Les recordamos que hasta 2018 los contribuyentes que llevaban la contabilidad de acuerdo a lo previsto en el Código de Comercio no estaban obligados a llevar libros registro.

Desde 2019 esta excepción desaparece salvo para los contribuyentes que desarrollen actividades empresariales cuyo rendimiento se determine en la modalidad normal del método de estimación directa. El resto de contribuyentes del IRPF que realicen actividades económicas están obligados desde el 1 de enero de 2020 a llevar los libros registro que en cada caso determina la normativa del IRPF, aun cuando lleven contabilidad ajustada a lo dispuesto en el Código de Comercio.

 5. Ganancias o pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones lucrativas: El artículo 3 de la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal (BOE del 10) modificó, desde el 11 de julio de 2021, el artículo 36 de la Ley del IRPF para introducir que, en el caso de adquisiciones lucrativas por causa de muerte derivadas de contratos o pactos sucesorios con efectos de presente, el beneficiario (los herederos normalmente) de los mismos que transmita antes del transcurso de cinco años desde la celebración del pacto sucesorio o del fallecimiento del causante, si fuera anterior, los bienes adquiridos, se subrogará en la posición de este (del causante), respecto al valor y fecha de adquisición de aquellos (bienes), cuando este valor fuera inferior al resultante de la aplicación de las normas del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

 6. Deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas: 

Como novedad para 2021 según les venimos informando a través de nuestras newsletters, con efectos desde el 6 de octubre, el artículo 1 del Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre, de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOE del 6), introdujo una nueva disposición adicional quincuagésima en la Ley del IRPF, que regula las siguientes deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas.

.-Deducción por obras de mejora que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración.

.-Deducción por obras de mejora que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable.

.-Deducción por obras de rehabilitación energética de edificios de uso predominante residencial.

Etiquetas: Fiscal, asesoria fiscal, declaracion anual de la renta 2018, renta 2018, novedades renta 2018

@J_Luis_Marquez Enhorabuena!! Qué gran reconocimiento a tanto esfuerzo y trabajo!! Bss

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