Recuperaremos antes el IVA de los impagos
A partir de este ejercicio 2010 las empresas que tengan créditos impagados simples (no concursos) podrán recuperar antes el IVA de sus facturas no cobradas; en concreto, en el plazo de 6 meses podrán empezar a tramitar la modificación de su base imponible si se trata de Pymes cuyo volumen de facturación en el año anterior haya sido inferior a 6.010.121,04 € y se cumplan los siguientes requisitos: